Análisis · 6 min de lectura
Sisalril eleva a RD$1,393,380 la cobertura por accidentes de tránsito y ajusta los topes de cotización del Seguro Social
Sisalril elevó a RD$1,393,380 la cobertura por accidentes de tránsito y subió los topes de cotización del Seguro Social desde febrero de 2026.

Qué cambió exactamente
Desde el 1 de febrero de 2026, la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) elevó a RD$1,393,380 el monto máximo que el Seguro Familiar de Salud (SFS) debe cubrir por las atenciones médicas de un afiliado o beneficiario que resulte herido en un accidente de tránsito. Sisalril notificó el cambio a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idoppril) y a los prestadores de servicios de salud mediante una circular que, según la propia entidad, obliga a cubrir ese monto al 100% y sin limitarlo al catálogo de prestaciones del Plan Básico de Salud. Es decir: la aseguradora no puede negar un procedimiento necesario alegando que no aparece en la lista de servicios cubiertos, siempre que el gasto no sobrepase ese tope.
La medida no llegó sola. Junto con la cobertura por accidentes, Sisalril fijó en RD$92,892,000 el capital mínimo que debe mantener cada ARS para operar en el país —equivalente a 4,000 salarios mínimos de referencia— y dio a las aseguradoras un plazo de tres meses, contado desde el 1 de febrero, para ajustarse a esa exigencia. Ese plazo venció a inicios de mayo y, hasta la fecha de este artículo, Sisalril no ha publicado un listado público de qué ARS cumplieron y cuáles no, algo que sí sería relevante para cualquier afiliado que esté evaluando cambiar de aseguradora.
Cómo se compara con el ajuste anterior
El incremento de 2026 no es el primero ni probablemente sea el último. Un año antes, mediante la Circular 69-2025 (28 de marzo de 2025, vigente desde el 1 de abril de 2025), Sisalril ya había subido la cobertura por accidentes de tránsito de RD$1,161,150 a RD$1,300,488, y el capital mínimo de las ARS de RD$77,410,000 a RD$86,699,200. Esa misma circular fijó en RD$21,674 el copago máximo del régimen contributivo.
Comparando ambos ajustes, la cobertura por accidentes subió 7.14% entre abril de 2025 y febrero de 2026 (de RD$1,300,488 a RD$1,393,380), mientras que el capital mínimo exigido a las ARS subió 7.14% también (de RD$86,699,200 a RD$92,892,000), un paralelismo que confirma que ambos montos están atados a la misma fórmula de referencia salarial, no a decisiones independientes de Sisalril.
Los nuevos topes de cotización de la seguridad social
El aumento está directamente ligado a un cambio más amplio: la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) informó que, a partir del 1 de febrero de 2026, el Salario Mínimo Nacional (SMN) usado como referencia para calcular los topes de cotización del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) quedó fijado en RD$23,223.00. Con esa base, los nuevos topes máximos sobre los que se calculan los aportes son:
- Seguro de Riesgos Laborales: RD$92,892.00 (4 veces el SMN de referencia)
- Seguro Familiar de Salud: RD$232,230.00 (10 veces el SMN de referencia)
- Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia: RD$464,460.00 (20 veces el SMN de referencia)
En la práctica, esto afecta sobre todo a trabajadores con salarios altos: el aporte a pensiones y al SFS se calcula como un porcentaje del sueldo, pero solo hasta ese tope. Quien gane por encima de RD$464,460 mensuales, por ejemplo, seguirá cotizando para pensión únicamente sobre esa cifra, aunque su salario real sea mayor. Al subir el tope, también sube —modestamente— el monto en pesos que esos trabajadores (y sus empleadores, en la parte patronal) terminan aportando cada mes, incluso si el porcentaje de cotización no cambió.
Un dato que no cuadra del todo
Vale señalar una imprecisión que las fuentes consultadas no resuelven: el comunicado de la TSS atribuye la fijación del SMN de referencia (RD$23,223) a la "Resolución 01-2025", pero la única Resolución CNS-01-2025 del Comité Nacional de Salarios localizada públicamente fija salarios mínimos del sector privado no sectorizado por tamaño de empresa —RD$27,988.80 en empresas grandes, RD$25,656.96 en medianas, RD$17,193.12 en pequeñas y RD$15,860.32 en microempresas—, ninguno de los cuales coincide con RD$23,223. Esto sugiere que el salario de referencia para la seguridad social es una cifra compuesta o promediada que no se desprende directamente de ninguna de esas categorías, pero ni Sisalril ni la TSS explican públicamente la fórmula exacta de cálculo. Tampoco se encontró el número de circular específico con el que Sisalril formalizó el ajuste de cobertura de 2026 (a diferencia de 2025, cuando sí se identificó como Circular 69-2025), ni una cifra oficial para el nuevo copago máximo del régimen contributivo correspondiente a 2026.
Por qué esto no es un ajuste menor
El contexto explica por qué el monto de cobertura por accidentes de tránsito importa tanto como cualquier otra cifra de seguridad social. Según datos del Observatorio Permanente de Seguridad Vial (Opsevi), los accidentes de tránsito dejaron 945 personas fallecidas en República Dominicana solo en los primeros meses de 2026, un promedio de tres muertes diarias, además de más de 30,800 personas heridas. Las motocicletas están involucradas en más de la mitad de esas muertes (52.4%), y el costo económico asociado a la siniestralidad vial se ha estimado en el equivalente a 2.2% del Producto Interno Bruto. Santo Domingo, San Cristóbal, La Altagracia, Santiago y La Vega concentran la mayor cantidad de fallecidos.
Con ese volumen de siniestros, el tope de cobertura del SFS deja de ser un detalle técnico y se convierte en el límite real entre lo que una familia puede costear tras un accidente grave y lo que tendría que pagar de su bolsillo una vez agotada la póliza. Una hospitalización prolongada, cirugías ortopédicas o neuroquirúrgicas y rehabilitación pueden superar fácilmente el millón de pesos, por lo que cada ajuste al alza —aunque sea de 7%— tiene un efecto directo sobre miles de afiliados que terminan en una sala de emergencias cada año.
Qué deben revisar los afiliados y las empresas
- Afiliados al régimen contributivo o subsidiado: la cobertura de RD$1,393,380 por accidente de tránsito aplica automáticamente, sin necesidad de un plan complementario, y cubre gastos aunque el servicio no esté en el catálogo del Plan Básico de Salud.
- Trabajadores con salario por encima de RD$464,460 mensuales: deben verificar en su recibo de nómina que el departamento de Recursos Humanos esté aplicando el nuevo tope de cotización para pensión vigente desde febrero de 2026.
- Empleadores: deben actualizar sus sistemas de nómina con los tres nuevos topes (riesgos laborales, SFS y pensión) para evitar subcotizar o sobrecotizar a la TSS.
- Quienes estén eligiendo o cambiando de ARS: conviene preguntar directamente a la aseguradora si ya cumplió con el nuevo capital mínimo de RD$92,892,000, dado que Sisalril no ha hecho pública esa verificación.
