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Análisis · 5 min de lectura

Salario mínimo 2026 en RD: cuánto debes estar ganando según tu sector

Hay más de un salario mínimo vigente en RD: uno para el sector privado general y otro, con un alza del 20%, para la construcción. Aquí las cifras exactas.

Salario mínimo 2026 en RD: cuánto debes estar ganando según tu sector

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Dos aumentos distintos, no los confundas

En 2026 hay al menos dos tablas de salario mínimo corriendo en paralelo en República Dominicana, aprobadas por resoluciones distintas del Comité Nacional de Salarios (CNS). Una cubre al sector privado no sectorizado — la mayoría de los empleos de oficina, comercio y servicios que no tienen una tabla propia. La otra, más reciente, es específica para construcción y trae un aumento de 20%. Si trabajas o contratas en construcción, la tabla que te aplica no es la general.

Sector privado no sectorizado: la tabla vigente desde febrero

Bajo la Resolución CNS-01-2025, vigente desde el 1 de febrero de 2026, el salario mínimo mensual quedó así, con un incremento de 7.14% en todos los tramos:

  • Microempresas (hasta 10 empleados): RD$16,993.20 al mes
  • Pequeñas empresas: RD$18,421.20 al mes
  • Medianas empresas: RD$27,489.60 al mes
  • Grandes empresas (151 empleados o más): RD$29,988.00 al mes

El tramo que te aplica depende del tamaño de la empresa donde trabajas, no de tu puesto. Para calcular el salario diario, se divide el monto mensual entre 23.83, el factor estándar de días laborables que usa el Ministerio de Trabajo.

Construcción: 20% de aumento, pero no todo llega al mismo tiempo

El Comité Nacional de Salarios aprobó, mediante la Resolución CNS-04-2026 y tras un diálogo tripartito entre trabajadores, empleadores y gobierno, un incremento uniforme de 20% para los trabajadores de la construcción y sectores afines. Las cifras por categoría, de menor a mayor:

  • No calificado: de RD$980.59 a RD$1,176.70
  • Calificado: de RD$1,072.85 a RD$1,287.42
  • Ayudante: de RD$1,260.34 a RD$1,512.40
  • Operario de tercera: de RD$1,636.80 a RD$1,964.16

Estas cuatro categorías ya están cubiertas por el nuevo monto bajo la resolución vigente. Las categorías más altas — operario de segunda, operario de primera y maestro de construcción — sí tienen el mismo 20% de aumento aprobado, pero con una particularidad: esa parte de la resolución no entra en vigencia hasta el 1 de junio de 2027. Es decir, un maestro de construcción sabe hoy cuál será su nuevo salario (RD$3,530.13, frente a RD$2,941.78), pero todavía no le corresponde cobrarlo.

Hostelería, restaurantes y zonas francas también tienen su propia tabla

La construcción no es el único sector con salario mínimo aparte. Hostelería, restaurantes y zonas francas tienen sus propias tablas, aprobadas por resoluciones distintas del CNS y vigentes también desde el 1 de junio de 2026. Si trabajas en uno de estos sectores, ni la tabla general ni la de construcción son la que te corresponde — conviene confirmar la resolución específica de tu sector en el sitio del Ministerio de Trabajo.

Cómo saber cuál te toca

Antes de comparar tu salario con cualquiera de estas cifras, identifica dos cosas: el sector de tu empresa (¿tiene tabla propia, como construcción, hostelería o zona franca, o cae en el régimen general?) y, si aplica el régimen general, el tamaño de la empresa según su número de empleados. Con esos dos datos puedes ubicar la fila exacta que te corresponde en vez de comparar contra un número genérico que quizás no es el tuyo.

Un ejemplo rápido: dos personas, dos mínimos distintos

Piensa en dos vecinos que ganan el mínimo de su categoría. Uno trabaja como operario de tercera en una obra de construcción: le corresponden RD$1,964.16 por día trabajado, ya vigentes. El otro trabaja en el área administrativa de una empresa mediana de servicios, con 45 empleados: a él le corresponde el mínimo mensual de RD$27,489.60, sin importar cuántas horas específicas trabaje cada día, porque su categoría se mide en salario mensual, no por jornal. Son dos lógicas distintas — jornal diario en construcción, sueldo mensual en el régimen general — y confundirlas es la forma más común de calcular mal si a uno le están pagando lo correcto.

Si tu salario no llega al mínimo que te corresponde

Pagar por debajo del salario mínimo vigente para tu categoría y sector es una infracción laboral, sin importar si fue un descuido del empleador o no. Si crees que no te están pagando lo que corresponde, el primer paso es plantearlo directamente con tu empleador, por escrito, citando la resolución del CNS que te aplica. Si no se resuelve ahí, puedes presentar una reclamación formal ante el Ministerio de Trabajo o la Dirección de Trabajo de tu provincia. Guarda tus recibos de pago, contratos o estados de cuenta como respaldo — son la prueba más simple de lo que efectivamente te han pagado frente a lo que te corresponde, y sin ese respaldo cualquier reclamación se vuelve mucho más difícil de sustentar.

Qué sigue

El Comité Nacional de Salarios revisa y ajusta estas tablas de forma periódica, y ya hay un tramo de construcción con fecha de entrada en vigor todavía por llegar, en junio de 2027. RD Al Día seguirá esta historia y actualizará esta nota si el CNS aprueba una nueva resolución antes de esa fecha.

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