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Análisis · 5 min de lectura

Ley de Juegos de Azar en RD: qué cambia para las bancas y las apuestas en línea

El Congreso aprobó la primera Ley General de Juegos de Azar del país: bancas a 500 metros de escuelas, apuestas en línea reguladas y diez años sin nuevas licencias.

Ley de Juegos de Azar en RD: qué cambia para las bancas y las apuestas en línea

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Una ley que reemplaza un marco de 1964

Hasta ahora, los juegos de azar en República Dominicana se regían por un marco legal de 1964 — más de 60 años de parches y resoluciones sueltas que permitieron que, solo en bancas de lotería, llegaran a operar más de 71,000 establecimientos sin una planificación territorial real de dónde podían o no instalarse. El Congreso Nacional le dio aprobación final a mediados de septiembre de 2026 a la primera Ley General de Juegos de Azar del país, un texto de 196 artículos repartidos en 22 capítulos que busca ordenar de una vez algo que llevaba décadas creciendo sin reglas uniformes. El proyecto fue impulsado por los senadores Félix Ramón Bautista y Pedro Catrain, y el Senado le dio su aprobación en única lectura el 16 de septiembre, acogiendo modificaciones que ya había introducido la Cámara de Diputados. Al cierre de esta nota, la ley había pasado ambas cámaras del Congreso; todavía no se reportaba la promulgación por parte del Poder Ejecutivo, el paso que le falta para entrar en vigencia formalmente.

Los 500 metros que cambian el mapa de las bancas

El cambio más visible en el día a día está en el artículo 26: ningún establecimiento de juegos de azar, en cualquiera de sus modalidades, podrá operar a menos de 500 metros de escuelas, colegios, universidades, estancias infantiles, centros del CAID, cuarteles militares, centros de salud, iglesias, instalaciones comunitarias o sedes de los poderes del Estado. Es una regla que, de aplicarse tal como está escrita, obliga a reubicar o cerrar a una cantidad significativa de bancas que hoy operan pegadas a estos lugares — algo común en muchos barrios dominicanos, donde la banca de la esquina y la escuela del barrio conviven en la misma cuadra desde hace años.

Las apuestas en línea ya no van a operar sin control

La ley no se queda solo en los negocios físicos. Las plataformas de apuestas en línea tendrán que verificar la identidad de cada usuario contra el registro de la Junta Central Electoral antes de permitir cualquier depósito, operar con licencia obligatoria, registrarse bajo dominio .do, y pagar un impuesto mensual del 10% sobre sus operaciones. Es la primera vez que el apostador en línea en República Dominicana queda sujeto a una verificación de identidad formal antes de poner dinero en juego, algo que hasta ahora dependía enteramente de cada plataforma.

Un registro para autoexcluirse, y a dónde va el dinero de las multas

La ley crea un registro de autoexclusión voluntario y gratuito: cualquier persona puede inscribirse para que se le niegue el acceso a todos los establecimientos con licencia en el país, no solo a uno. Es un mecanismo pensado directamente para la ludopatía, y viene acompañado de otro: el 10% de lo recaudado en multas al sector se destinará a financiar programas de tratamiento contra la adicción al juego y una línea telefónica gratuita de salud mental. Es una de las pocas leyes de este tipo en la región que ata explícitamente parte de su recaudación sancionadora a la atención de quienes desarrollan problemas de adicción por el propio sector que se regula.

Diez años sin nuevas licencias

Otro punto que va a definir el sector en la próxima década: la ley establece una moratoria de diez años en el otorgamiento de nuevas licencias comerciales. En la práctica, esto congela el mercado en su tamaño actual — quien ya opera con licencia sigue operando, pero no habrá nuevos entrantes autorizados hasta bien entrados los 2030. Para los más de 71,000 negocios que veníamos mencionando, es una noticia que reduce la competencia futura; para quien soñaba con abrir una banca o una sala de apuestas nueva, la puerta queda cerrada por una década.

Qué pasa si no cumples

Las sanciones combinan varios niveles: cierre del establecimiento, revocación del permiso, multas de hasta 400 salarios mínimos, inhabilitación para administradores, y — en los casos más graves — penas de hasta 10 años de prisión. Es un salto considerable frente al marco de 1964, que no contemplaba un esquema sancionador de este alcance.

Un ejemplo rápido

Piensa en dos casos. Una banca de lotería que hoy opera a 300 metros de una escuela primaria: bajo la ley anterior, eso no era un problema; bajo la nueva, incumple el artículo 26 y tendría que reubicarse o cerrar. Y una plataforma de apuestas deportivas en línea que opera desde un dominio extranjero sin verificar identidad: bajo la nueva ley, eso ya no es legal en el mercado dominicano sin licencia, dominio .do y verificación contra el registro electoral.

Qué falta por saber

Con el texto recién aprobado por el Congreso, todavía faltan piezas por confirmarse: la fecha exacta de promulgación por el Poder Ejecutivo, los reglamentos de aplicación que precisarán cómo se fiscalizará en la práctica cada artículo, y el plazo real que tendrán los negocios que hoy incumplen la regla de los 500 metros para reubicarse o cerrar. RD Al Día actualizará esta nota en cuanto se confirme la promulgación y se conozcan los reglamentos de aplicación.

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